SCJN resuelve que indemnizaciones por muerte o incapacidad se calculen con UMAs y no con salario mínimo

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Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió durante la sesión de este martes que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como criterio para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo. La determinación se tomó por seis votos contra tres, a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres.

La contradicción de criterios 59/2025, que había sido pospuesta en tres ocasiones por el pleno de la Corte, buscaba dirimir la discrepancia entre las salas del máximo tribunal. Mientras la extinta Segunda Sala asumía como base la UMA, la Primera Sala sostenía que debía utilizarse el salario mínimo para la determinación de estos pagos. La ministra María Estela Ríos votó a favor de resolver la contradicción, señalando que subyace una misma cuestión jurídica respecto al parámetro válido conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal.

En la votación, los ministros Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero se pronunciaron a favor de fijar a la UMA como criterio único. Por el contrario, las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa, votaron en contra de que existiera dicha contradicción de criterios. Ortiz argumentó que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala, mientras que Esquivel e Espinosa manifestaron que la contradicción era inexistente debido a que los preceptos correspondían a elementos diversos para efectuar el cálculo.

Al defender su proyecto, la ministra Lenia Batres afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que se atiende a la naturaleza civil del asunto, cuyo fin es reparar un daño patrimonial y no una cuestión laboral. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.

Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información disponible, bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía alcanzar más de 1.5 millones de pesos; con la nueva resolución basada en la UMA, el monto ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos. Cabe señalar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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