Ciudad De México, 12 de abril de 2026.- La Sala Superior del TEPJF resolvió distintas impugnaciones presentadas contra el Comité Técnico de Evaluación de la Cámara de Diputados.
Las impugnaciones fueron por la exclusión de personas aspirantes en el proceso de renovación de consejerías del INE. El pleno, por mayoría de votos, confirmó la decisión del Comité Técnico de Evaluación al considerar que fue correcta.
Las personas impugnaron al considerar que sí cumplieron con exhibir la documentación exigida y que se vulneró su derecho a participar. Sin embargo, las magistraturas determinaron que las personas aspirantes no atendieron a las directrices establecidas en la convocatoria sobre cómo cargar la documentación.
En algunos asuntos no se desahogaron las prevenciones realizadas para subsanar errores, lo cual solo era posible en la primera etapa de registro. La magistrada Claudia Valle Aguilasocho propuso darle la razón al Comité Técnico de Evaluación por excluir a una persona que presentó documentación certificada por una institución académica y no por una autoridad notarial.
Se precisó que la autoridad notarial cuenta con la fe pública delegada por el Estado para otorgar certeza jurídica sobre la autenticidad de la documentación. Por otro lado, el pleno decidió que las impugnaciones presentadas en contra de la autoadscripción a grupos vulnerables de distintos aspirantes eran improcedentes.
Se argumentó que quien promovió no sufrió alguna afectación a un derecho propio al no considerarse aspirante ni resultar afectado en el proceso de selección.
